|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
Tenemos el martillo. Ahora falta saber qué estamos viendo como clavo
La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil obliga a abandonar una discusión que durante años quedó atrapada en una pregunta: ¿hay que bajar la edad de responsabilidad penal?
La respuesta jurídica ya está dada. La Ley 27.801 establece un régimen aplicable desde los 14 hasta antes de los 18 años y fija como finalidad no solamente la responsabilidad por el hecho, sino también la educación, resocialización e integración social. (Argentina)
Ahora comienza la discusión verdaderamente importante:
¿Tenemos estructura, profesionales, recursos, dispositivos y conocimiento suficiente para hacerlo funcionar?
Esteban Rodríguez Alzueta formuló hace años una advertencia que conserva una enorme actualidad: cuando la única herramienta que tenemos en el cajón es el martillo, todos los problemas empiezan a parecerse a un clavo. Su crítica al régimen penal juvenil cuestionaba precisamente la tendencia a convertir el castigo en respuesta automática frente a fenómenos sociales complejos. (Tiempo Argentino)
Hoy el desafío es todavía mayor.
Porque el adolescente que llega al sistema penal puede aparecer como autor de un hecho, pero también puede estar atravesado por redes de captación, organizaciones criminales, violencia, consumo problemático, abandono, conflictos familiares o trayectorias institucionales previas.
Si solamente miramos el delito, podemos terminar mirando el síntoma y no la estructura que lo produjo.
Y aquí aparece otro problema.
El Estado está incorporando herramientas de investigación propias de una criminalidad cada vez más compleja: análisis de dispositivos digitales, vigilancia tecnológica, drones, agentes encubiertos digitales, inteligencia criminal y explotación de información en redes.
La tecnología puede ser necesaria.
Pero tampoco puede convertirse en nuestro nuevo martillo.
Porque disponer de una herramienta no significa saber utilizarla correctamente.
Un agente encubierto digital requiere límites, capacitación y control. Un dispositivo electrónico necesita preservación y análisis forense. Una imagen obtenida mediante un dron necesita contexto y trazabilidad. Una información proveniente de redes sociales necesita autenticación y valoración crítica.
La tecnología no transforma automáticamente información en evidencia.
Y lo mismo ocurre con el Régimen Penal Juvenil.
Crear una respuesta penal no crea automáticamente un sistema especializado.
La propia Ley 27.801 exige supervisión, entrevistas, informes periódicos, trabajo interdisciplinario y abordaje de problemas personales, familiares, de salud mental o adicciones. (Argentina)
Entonces la pregunta deja de ser exclusivamente jurídica.
Es institucional.
¿Quién va a evaluar?
¿Quién va a supervisar?
¿Quién va a intervenir?
¿Con qué formación?
¿Con qué dispositivos?
¿Con qué infraestructura?
¿Con qué información criminológica?
¿Con qué peritos?
¿Con qué seguimiento después de la sentencia?
Porque si la respuesta es solamente más policía, más encierro y más pena, corremos el riesgo de utilizar un único instrumento para problemas que requieren instrumentos diferentes.
Rodríguez Alzueta también ha señalado la necesidad de correrse de respuestas aprendidas para comprender las violencias juveniles y el delito callejero en toda su complejidad. (Cuestiones Criminales)
Esto no significa negar la responsabilidad del adolescente que delinque.
Significa algo mucho más exigente:
responsabilizar sin simplificar.
La víctima necesita respuesta.
La sociedad necesita seguridad.
El adolescente que delinque debe asumir consecuencias.
Y el Estado debe garantizar que esas consecuencias tengan un sentido jurídico, criminológico y resocializador.
De lo contrario, podemos terminar construyendo una paradoja:
una ley moderna aplicada con herramientas antiguas.
Y ahí aparece el verdadero riesgo.
No que tengamos un martillo.
Sino que, fascinados por tenerlo, empecemos a buscar clavos en todas partes.
El nuevo Régimen Penal Juvenil no debería evaluarse solamente por cuántos adolescentes ingresan al sistema.
Debería evaluarse por algo mucho más difícil:
cuántos dejan de reincidir, cuántos son efectivamente reintegrados y cuánto delito futuro consigue evitar el Estado.
Ese es el verdadero examen de una política criminal.
Porque bajar la edad puede cambiar quién entra al sistema.
Pero solamente un sistema preparado puede cambiar qué sucede después.
La ley ya llegó.
Ahora necesitamos saber si llegó también la capacidad estatal para aplicarla.
¿Tenés un caso que necesita una segunda mirada técnica?
Revisamos pericias y elementos técnicos para detectar inconsistencias y definir el mejor camino de trabajo.


